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Un tribunal de Carolina del Norte otorgará la custodia de un menor a la persona, agencia, organización o institución que mejor promueva el interés y el bienestar del menor.

Entre los padres, ya sean naturales o adoptivos, no se aplicará ninguna presunción sobre quién promoverá mejor el interés y el bienestar del menor.

Una orden de custodia debe incluir conclusiones de hecho por escrito que reflejen la consideración de cada uno de los factores requeridos y que sustenten la determinación de lo que es el mejor interés del menor.

Fuente: G.S. 50-13.2

Factores que el tribunal considera

Al tomar la determinación de custodia, el tribunal considerará todos los factores relevantes, incluyendo los actos de violencia doméstica entre las partes, la seguridad del menor y la seguridad de cualquiera de las partes frente a la violencia doméstica ejercida por la otra parte.

Tipos de órdenes de custodia

Una orden de custodia puede otorgar custodia compartida a los padres, custodia exclusiva a una persona, agencia, organización o institución, o bien otorgar la custodia a dos o más personas, agencias, organizaciones o instituciones.

La custodia compartida a los padres deberá ser considerada a solicitud de cualquiera de ellos.

Cualquier orden de custodia incluirá los términos, incluyendo el régimen de visitas, que mejor promuevan el interés y el bienestar del menor.

Fuente: G.S. 50-13.2

Violencia doméstica y custodia

Si el tribunal determina que ha ocurrido violencia doméstica, dictará las órdenes que mejor protejan a los menores y a la parte que fueron víctimas de violencia doméstica, de conformidad con las disposiciones de G.S. 50B-3(a1)(1), (2), y (3).

Si una parte está ausente o se traslada con o sin los menores a causa de un acto de violencia doméstica, dicha ausencia o traslado no será un factor que pese en contra de esa parte al determinar la custodia o el régimen de visitas.

Fuente: G.S. 50-13.2

Expedientes, condiciones de alcohol y desacato

Salvo que exista una orden judicial en contrario, cada padre tendrá igual acceso a los expedientes del menor relativos a su salud, educación y bienestar.

Una orden de custodia puede, como condición de la custodia o el régimen de visitas, requerir que uno o ambos padres se abstengan de consumir alcohol, y puede requerir la sumisión a un sistema de monitoreo continuo de alcohol para verificar el cumplimiento.

El incumplimiento de una condición de abstención de alcohol en una orden de custodia será motivo de desacato civil o penal.

Fuente: G.S. 50-13.2

Visitas de los abuelos

Una orden de custodia de un menor puede otorgar derechos de visita a cualquier abuelo del menor según lo que el tribunal, a su discreción, considere apropiado.

Fuente: G.S. 50-13.2

Miembros del servicio militar

En un procedimiento de custodia de un menor cuyo padre o madre sea miembro del servicio militar, el tribunal no podrá considerar el despliegue pasado o el posible despliegue futuro del padre o madre como la única base para determinar el mejor interés del menor.

El tribunal puede considerar cualquier impacto significativo en el mejor interés del menor relacionado con el despliegue pasado o posible futuro del padre o madre.

Fuente: G.S. 50-13.2

Comunicación electrónica

La comunicación electrónica no puede utilizarse como reemplazo o sustituto de la custodia o el régimen de visitas.

Fuente: G.S. 50-13.2

Manutención de menores

A falta de alegación y prueba de que las circunstancias justifiquen lo contrario, el padre y la madre serán los principales responsables de la manutención del menor.

El tribunal determinará el monto de los pagos de manutención aplicando las pautas presuntivas establecidas conforme a G.S. 50-13.4(c1).

Los pagos ordenados para la manutención de un menor serán en la cantidad necesaria para satisfacer las necesidades razonables del menor en cuanto a salud, educación y sustento, teniendo debidamente en cuenta los bienes, ingresos, condiciones y nivel de vida habitual del menor y de las partes, las aportaciones de cuidado infantil y del hogar de cada parte, y otros hechos del caso en particular.

Los pagos ordenados para la manutención de un menor cesarán cuando el menor cumpla 18 años, salvo que si el menor aún está en la escuela primaria o secundaria al cumplir los 18 años, los pagos de manutención continuarán hasta que el menor se gradúe, deje de asistir a la escuela de manera regular, no logre un progreso académico satisfactorio hacia la graduación, o cumpla 20 años, lo que ocurra primero.

Fuente: G.S. 50-13.4

Preguntas frecuentes sobre la custodia de menores en Carolina del Norte

¿Carolina del Norte favorece a uno de los padres sobre el otro en los casos de custodia?
Entre los padres, ya sean naturales o adoptivos, no se aplicará ninguna presunción sobre quién promoverá mejor el interés y el bienestar del menor. Un tribunal de Carolina del Norte otorgará la custodia de un menor a la persona, agencia, organización o institución que mejor promueva el interés y el bienestar del menor.

¿Pueden ambos padres compartir la custodia en Carolina del Norte?
La custodia compartida a los padres deberá ser considerada a solicitud de cualquiera de ellos. Una orden de custodia puede otorgar custodia compartida a los padres, custodia exclusiva a una persona, agencia, organización o institución, o bien otorgar la custodia a dos o más personas, agencias, organizaciones o instituciones.

¿Qué ocurre si hay violencia doméstica en nuestro caso de custodia?
Al tomar la determinación de custodia, el tribunal considerará todos los factores relevantes, incluyendo los actos de violencia doméstica entre las partes, la seguridad del menor y la seguridad de cualquiera de las partes frente a la violencia doméstica ejercida por la otra parte. Si el tribunal determina que ha ocurrido violencia doméstica, dictará las órdenes que mejor protejan a los menores y a la parte que fueron víctimas de violencia doméstica, de conformidad con las disposiciones de G.S. 50B-3(a1)(1), (2), y (3).

Si me fui de casa por violencia doméstica, ¿perjudicará eso mi caso de custodia?
Si una parte está ausente o se traslada con o sin los menores a causa de un acto de violencia doméstica, dicha ausencia o traslado no será un factor que pese en contra de esa parte al determinar la custodia o el régimen de visitas.

¿Puede el tribunal exigirle a un padre que deje de beber como condición de la custodia?
Una orden de custodia puede, como condición de la custodia o el régimen de visitas, requerir que uno o ambos padres se abstengan de consumir alcohol, y puede requerir la sumisión a un sistema de monitoreo continuo de alcohol para verificar el cumplimiento. El incumplimiento de una condición de abstención de alcohol en una orden de custodia será motivo de desacato civil o penal.

¿Sigo teniendo acceso a los expedientes escolares y médicos de mi hijo si no tengo la custodia principal?
Salvo que exista una orden judicial en contrario, cada padre tendrá igual acceso a los expedientes del menor relativos a su salud, educación y bienestar.

¿Cuándo termina la manutención de menores en Carolina del Norte?
Los pagos ordenados para la manutención de un menor cesarán cuando el menor cumpla 18 años, salvo que si el menor aún está en la escuela primaria o secundaria al cumplir los 18 años, los pagos de manutención continuarán hasta que el menor se gradúe, deje de asistir a la escuela de manera regular, no logre un progreso académico satisfactorio hacia la graduación, o cumpla 20 años, lo que ocurra primero.

¿Cómo se calcula el monto de la manutención de menores?
El tribunal determinará el monto de los pagos de manutención aplicando las pautas presuntivas establecidas conforme a G.S. 50-13.4(c1). Los pagos ordenados para la manutención de un menor serán en la cantidad necesaria para satisfacer las necesidades razonables del menor en cuanto a salud, educación y sustento, teniendo debidamente en cuenta los bienes, ingresos, condiciones y nivel de vida habitual del menor y de las partes, las aportaciones de cuidado infantil y del hogar de cada parte, y otros hechos del caso en particular.

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Preparado por el equipo editorial de Martine Law; fuentes revisadas el 2026-10-20.

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