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Estar en un auto donde la policía encuentra drogas puede ponerte bajo sospecha de inmediato, incluso si las drogas no son tuyas.
En Carolina del Norte, los fiscales suelen usar un concepto llamado posesión constructiva para acusar tanto a conductores como a pasajeros cuando nadie admite la propiedad de las sustancias.

Pero estar cerca de las drogas no basta para demostrar culpabilidad.
El Estado debe probar que sabías de su presencia y que tenías la capacidad e intención de controlarlas.
Esos dos elementos —conocimiento y control— determinan si una acusación de posesión se sostiene o debe ser desestimada.

A continuación, te explicamos cómo funciona la posesión constructiva en los casos de drogas en vehículos en Carolina del Norte, y cómo la proximidad, el rol de pasajero y la evidencia pueden afectar tu defensa.

¿Qué es la “posesión constructiva”?

La ley de Carolina del Norte reconoce dos formas de posesión de drogas:

  • Posesión real: cuando la persona tiene las drogas físicamente (en el bolsillo, la mano o una bolsa). 
  • Posesión constructiva: cuando no se tienen físicamente, pero se sabe dónde están y se tiene el poder e intención de controlarlas. 

La posesión constructiva se usa con frecuencia en casos de vehículos, cuando se encuentran drogas en el auto pero no directamente sobre nadie.
Los fiscales la invocan para argumentar que el conductor o los pasajeros tenían control sobre las drogas, según su ubicación o acceso.

De acuerdo con N.C. Gen. Stat. § 90-95(a)(3), poseer una sustancia controlada —sea real o constructiva— es ilegal.
Sin embargo, probar la posesión constructiva requiere más que estar cerca.

La carga de la prueba del Estado

Para obtener una condena, el Estado debe demostrar más allá de toda duda razonable que:

  1. El acusado sabía que las drogas estaban presentes, y 
  2. El acusado tenía el poder e intención de controlarlas o disponer de ellas. 

Estos dos elementos deben sustentarse con pruebas específicas, no con suposiciones.
Si el Estado no logra conectar al acusado con las drogas mediante evidencia confiable, el tribunal puede desestimar los cargos.

Posesión constructiva en casos de vehículos

Cuando las drogas se encuentran en un auto, los fiscales suelen argumentar que todos los ocupantes tenían acceso.
Sin embargo, los tribunales de Carolina del Norte rechazan ese enfoque generalizado: la mera presencia en un vehículo donde hay drogas no basta para condenar.

En su lugar, el tribunal analiza factores adicionales que vinculen a la persona con las drogas, como:

  • Ubicación de las drogas: ¿estaban al alcance del acusado (bajo el asiento, en la consola central, en un bolsillo de la puerta)? 
  • Propiedad o control del vehículo: ¿era el acusado el conductor o propietario? 
  • Comportamiento durante la detención: ¿actuó nervioso, intentó ocultar algo o hizo declaraciones incriminatorias? 
  • Pertenencias personales: ¿se encontraron drogas en un objeto asociado al acusado (bolso, mochila, chaqueta)? 
  • Evidencia física: huellas dactilares, ADN o residuos. 

Sin estos vínculos adicionales, el argumento de posesión constructiva suele fallar.

Pasajeros vs. conductores: quién corre mayor riesgo

Los conductores enfrentan mayor escrutinio porque tienen control del vehículo y se presume que conocen su contenido.
Los tribunales suelen inferir posesión constructiva del conductor cuando:

  • Es el propietario o tenía permiso para usar el vehículo. 
  • Las drogas estaban a la vista o cerca de su asiento. 
  • Existía evidencia circunstancial de conocimiento (olor, admisión o comportamiento sospechoso). 

Los pasajeros, por otro lado, no son automáticamente responsables.
El Estado debe demostrar algo más, como movimientos que indiquen ocultamiento, proximidad directa o posesión de parafernalia de drogas.

Ejemplo:
Si se encuentran drogas bajo el asiento del pasajero, pero no hay evidencia de conocimiento, huellas, declaraciones ni conductas sospechosas, la acusación por posesión constructiva carece de base suficiente.

Cuándo puede aplicarse la posesión constructiva a varias personas

En algunos casos, más de una persona puede ser acusada de posesión constructiva compartida.
Por ejemplo, si tanto el conductor como un pasajero tienen una conexión cercana con el vehículo y las drogas son visibles para ambos, el tribunal puede inferir control conjunto.

Aun así, la proximidad compartida no basta: el Estado debe probar la intención y capacidad de control de cada persona por separado.

Casos clave en Carolina del Norte sobre posesión constructiva

Varios fallos han definido cómo se aplica la posesión constructiva en casos de vehículos:

  • State v. Matias (2011): ser pasajero cerca de las drogas no es suficiente sin evidencia adicional que vincule al acusado. 
  • State v. Miller (1979): el conductor fue hallado en posesión constructiva porque era dueño del auto y las drogas estaban a la vista. 
  • State v. Alston (1995): la corte reafirmó que la posesión constructiva requiere poder e intención de control, no mera cercanía. 

Estos precedentes muestran que la posesión constructiva es altamente dependiente de los hechos.
Detalles mínimos —como dónde estabas sentado o cómo reaccionaste— pueden determinar el resultado.

Cómo los fiscales intentan probar el conocimiento

Dado que el conocimiento es difícil de demostrar directamente, los fiscales dependen de evidencia circunstancial, como:

  • Olor a marihuana u otras drogas dentro del vehículo. 
  • Declaraciones inconsistentes entre los ocupantes. 
  • Nerviosismo, intento de huir o de ocultar objetos. 
  • Mensajes o admisiones que sugieran consumo o posesión. 

Aun así, los tribunales han reiterado que estos factores por sí solos no prueban la posesión constructiva, salvo que demuestren conocimiento claro de las drogas.

Estrategias comunes de defensa

Defenderse de una acusación de posesión constructiva requiere desmontar las suposiciones sobre conocimiento y control.
Algunas estrategias efectivas incluyen:

1. Defensa de “mera presencia”

Argumentar que simplemente estabas en el vehículo, sin conocimiento de las drogas.
Los tribunales han sostenido repetidamente que la mera presencia no basta para condenar.

2. Falta de conocimiento

Demostrar que no sabías que las drogas estaban allí —por ejemplo, que pertenecían a otro pasajero o estaban ocultas sin tu conocimiento.

3. Falta de control

Alegar que no tenías autoridad sobre el vehículo o los objetos donde se hallaron las drogas.

4. Registro o detención ilegal

Impugnar la legalidad de la parada o el registro.
Si la policía violó la Cuarta Enmienda, la evidencia puede ser excluida.

5. Espacio compartido o contaminación cruzada

Si las drogas estaban en un área compartida (auto rentado, servicio de transporte, etc.), argumentar que no existe vínculo exclusivo entre tú y la sustancia.

Por qué necesitas representación legal experta

Los casos de posesión constructiva dependen de detalles minuciosos:
quién estaba más cerca de las drogas, qué dijiste, cómo interpretó la policía tu comportamiento.

Un abogado penalista con experiencia en Carolina del Norte puede:

  • Cuestionar evidencia circunstancial débil. 
  • Presentar mociones para suprimir evidencia ilegalmente obtenida. 
  • Interrogar a los agentes sobre contradicciones o suposiciones. 
  • Solicitar la desestimación de los cargos si el Estado no puede probar conocimiento o control. 

En Carolina del Norte, la posesión constructiva en casos de drogas en vehículos requiere más que cercanía.
El Estado debe demostrar que sabías de las drogas y que tenías la capacidad e intención de controlarlas.
Sin esos elementos, una condena no puede sostenerse.

Si has sido acusado tras una parada de tráfico en la que se hallaron drogas, el equipo de Abogado Martine puede ayudarte.
Sabemos cómo los fiscales construyen sus casos de posesión constructiva — y cómo impugnar cada suposición para proteger tu historial y tu futuro.

Contáctanos hoy mismo para una consulta confidencial con un abogado penalista de Carolina del Norte.

Aviso Legal: Este contenido es únicamente para fines informativos y educativos, y no constituye asesoría legal. Para orientación legal profesional específica a tu situación, por favor contacta a Abogado Martine.

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